Aviso Protocolo: frente a situaciones de acoso dentro del ámbito laboral.

COMPROMISO DE SATCOFFEE, PROFESIONALES DEL CAFÉ o VICENTE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA. EN LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL ACOSO SEXUAL, EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO Y OTRAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LA LIBERTAD SEXUAL Y LA INTEGRIDAD MORAL EN EL TRABAJO.

PROFESIONALES DEL CAFÉ o VICENTE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA, manifiesta su tolerancia cero ante la concurrencia en toda su organización de conductas constitutivas de acoso sexual, acoso por razón de sexo o contrarias a la libertad sexual y la integridad moral.

Además, quiere subrayar su compromiso con la prevención y actuación frente a estas conductas, informando de su aplicación a todo el personal que presta servicios en su organización, sea personal propio o procedente de otras empresas, incluidas las personas que, no teniendo una relación laboral, prestan servicios o colaboran con la organización, tales como personas en formación, las que realizan prácticas no laborales o aquéllas que realizan un voluntariado.

PROFESIONALES DEL CAFÉ o VICENTE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA, advierte que actualmente cuenta con un “protocolo” que será de aplicación a las situaciones de acoso sexual, acoso por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y a la integridad moral que se produzcan durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo.

Así también, destaca la necesidad de su cumplimiento estricto a las empresas a las que desplace su propio personal como a las empresas de las que procede el personal que pueda prestar sus servicios en PROFESIONALES DEL CAFÉ o VICENTE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA.

Este protocolo se implanta en coherencia con el acuerdo marco europeo sobre el acoso y la violencia en el lugar de trabajo y da cumplimiento a cuanto exigen el Convenio número 190 OIT sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo; artículo 48 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el artículo 12 de la Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual; el Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

Cuando la presunta persona acosadora quedara fuera del poder de dirección de la empresa y, por lo tanto, PROFESIONALES DEL CAFÉ o VICENTE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA, no pueda aplicar el procedimiento en su totalidad, se dirigirá a la empresa competente al objeto de solucionar el problema y, en su caso, sancione a la persona responsable advirtiéndole que, de no hacerlo, la relación mercantil que une a ambas empresas podría extinguirse.

En efecto, PROFESIONALES DEL CAFÉ o VICENTE JESÚS RODRÍGUEZ GARCÍA al comprometerse con las medidas que conforman este protocolo, manifiesta e informa su voluntad expresa de adoptar una actitud proactiva, tanto en la prevención de esas conductas (sensibilización e información de comportamientos no tolerados por la empresa), como en la difusión de buenas prácticas e implantación de cuantas medidas sean necesarias para gestionar las denuncias o reclamaciones que a este respecto se puedan plantear, así como para resolver según proceda en cada caso.

Fuentes para la elaboración del protocolo:

*Ministerio de Igualdad / Igualdad en la empresa

*Instituto de las mujeres

Mi Carro Close (×)

Tu carrito está vacío
Ver tienda
kit digital